Artículo 21 Protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas en Galicia
Ver Indice
»Artículo 21. Acuerdos en materia de autolimitación de la publicidad de bebidas alcohólicas
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Administración autonómica promoverá la formalización de acuerdos de autocontrol y autolimitación de la publicidad de bebidas alcohólicas en el ámbito de las empresas, productores o sus asociaciones y distribuidoras de dichos productos, así como con los anunciantes, agencias y medios de publicidad que operen en su territorio, a fin de lograr los objetivos de la presente ley.
