Articulo 21 Seguridad de los juguetes

Articulo 21 Seguridad de los juguetes

Ver Indice
»

Artículo 21. Notificación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Instituto Nacional del Consumo notificará a la Comisión y a los demás Estados miembros de la Unión Europea los organismos autorizados a realizar tareas de evaluación de la conformidad para terceros con arreglo a lo dispuesto en el artículo 19.