Articulo 21 Utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública
Ver Indice
»Artículo 21.- Representación a través de corporaciones, asociaciones u otras instituciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado (21 (se deroga)) por DECRETO 123/2020, de 10 de diciembre, que modifica el Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
(CN de 24-12-2020) en vigor desde 25-12-2020
