Articulo 213 TR. de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana
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»Artículo 213. Modalidades de gestión de la expropiación
Vigente
1. Las Entidades locales podrán promover, para la gestión de las expropiaciones, las modalidades asociativas con otras Administraciones Públicas o particulares, de conformidad con la legislación de régimen local y urbanística.
2. Para el mejor cumplimiento de la finalidad expresada en el número anterior, podrán igualmente encomendar el ejercicio de la potestad expropiatoria a otras Administraciones Públicas.
3. Lo dispuesto en los números anteriores se entenderá sin perjuicio de las facultades reconocidas expresamente por Ley a determinados entes públicos en materia expropiatoria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-06-1992 en vigor desde 01-07-1992