Articulo 2133 Código trib...e Cataluña

Articulo 2133 Código tributario de Cataluña

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Artículo 213-3. Oferta de empleo pública

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1. El director de la Agencia Tributaria de Cataluña tiene que someter a la aprobación de la Junta de Gobierno y a propuesta de su presidente la oferta de empleo pública, así como sus modificaciones, con relación a los puestos de trabajo reservados a funcionarios de los cuerpos tributarios que tiene adscritos.

2. Una vez la Junta de Gobierno apruebe la oferta de empleo pública, se tiene que dar cuenta en el Gobierno.