Articulo 2133 Código tributario de Cataluña
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»Artículo 213-3. Oferta pública de ocupación
Vigente
El director de la Agencia Tributaria de Cataluña debe someter a la aprobación de la Junta de Gobierno y a propuesta de su presidente la oferta pública de ocupación en relación con los puestos de trabajo reservados a funcionarios de los cuerpos tributarios que tiene adscritos, a fin de someterla a la aprobación del Gobierno.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 04-08-2017