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LEY 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad. - Diario Oficial de Cataluña de 03-08-2017

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Julio de 2026

F. entrada en vigor: 04/08/2017

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 7426

F. Publicación: 03/08/2017


Exposición PREÁMBULO Artículo 1. Objeto Artículo 2. Estructura del Código Artículo 3. Numeración de los artículos Artículo 4. Tramitación Artículo 5. Aprobación de los libros primero, segundo y tercero
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo normativo D.F. 2ª. Modificaciones y habilitaciones presupuestarias D.F. 3ª. Entrada en vigor
Código tributario de Cataluña
Libro primero. Disposiciones generales del sistema tributario de Cataluña
TÍTULO I. Disposiciones preliminares y generales del Código tributario de Cataluña
Artículo 111-1. Objeto y ámbito de aplicación del Código Artículo 111-2. Ámbito subjetivo Artículo 111-3. Principios fundamentales del sistema impositivo catalán Artículo 111-4. Reserva de ley Artículo 111-5. Capacidad para exigir tributos Artículo 111-6. Plazos y cómputo de los plazos Artículo 111-7. Ámbito temporal de las normas tributarias Artículo 111-8. Interpretación Artículo 111-9. Codificación y consolidación de la legislación tributaria Artículo 111-10. Identificación expresa de las modificaciones de las normas tributarias
TÍTULO II. Disposiciones generales sobre la Administración tributaria de la Generalidad
CAPÍTULO I. Objeto, ámbito y estructura
Artículo 121-1. Objeto Artículo 121-2. Ámbito Artículo 121-3. Ejercicio de las competencias tributarias y de las funciones de recaudación de recursos de derecho público Artículo 121-4. Objetivos de la Administración tributaria Artículo 121-5. Estructura de la Administración tributaria de la Generalidad
CAPÍTULO II. Actuación de la Administración tributaria de la Generalidad
Artículo 122-1. Principios generales de actuación Artículo 122-2. Deberes y obligaciones Artículo 122-3. Potestades Artículo 122-4. Facultad de calificación Artículo 122-5. Facultades para interpretar Artículo 122-6. Obtención y comunicación de datos con trascendencia tributaria Artículo 122-7. Carácter reglado e impugnabilidad de los actos Artículo 122-8. Utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos Artículo 122-9. Colaboración interadministrativa Artículo 122-10. Colaboración con los agentes del sistema tributario
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Suministro de información y datos entre los órganos y entidades que integran la Administración tributaria de Cataluña
Libro segundo. La Agencia Tributaria de Cataluña y la Junta de Tributos de Cataluña
TÍTULO I. La Agencia Tributaria de Cataluña
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 211-1. La Agencia Tributaria de Cataluña Artículo 211-2. Funciones Artículo 211-3. Principios generales de actuación Artículo 211-4. Régimen jurídico de los actos dictados por los órganos de la Agencia Artículo 211-5. Contrato programa de la Agencia Tributaria de Cataluña
CAPÍTULO II. Organización
Artículo 212-1. Órganos de gobierno Artículo 212-2. El presidente Artículo 212-3. La Junta de Gobierno Artículo 212-4. El director Artículo 212-5. El Comité Ejecutivo Artículo 212-6. Estructura organizativa
CAPÍTULO III. Personal
Artículo 213-1. Personal al servicio de la Agencia Tributaria de Cataluña Artículo 213-2. Principios de actuación Artículo 213-3. Oferta de empleo pública Artículo 213-4. Procesos de selección y provisión de puestos de trabajo y formación
CAPÍTULO IV. Régimen económico, de contratación y patrimonial
Artículo 214-1. Recursos económicos Artículo 214-2. Presupuesto Artículo 214-3. Patrimonio Artículo 214-4. Régimen contable y fiscal Artículo 214-5. Régimen contractual
CAPÍTULO V. Control financiero y de eficacia
Artículo 215-1. Régimen de control
CAPÍTULO VI. Colaboración con terceros en materia tributaria
Artículo 216-1. Convenios Artículo 216-2. Colaboración en materia tributaria y en la aplicación de los tributos
CAPÍTULO VII. Cuerpos tributarios
Artículo 217-1. Cuerpos tributarios de la Agencia Tributaria de Cataluña Artículo 217-2. Cuerpo Superior de Inspectores Tributarios de la Generalidad de Cataluña Artículo 217-3. Acceso al Cuerpo Superior de Inspectores Tributarios de la Generalidad de Cataluña Artículo 217-4. Cuerpo Superior de Técnicos Tributarios de la Generalidad de Cataluña Artículo 217-5. Acceso al Cuerpo Superior de Técnicos Tributarios de la Generalidad de Cataluña Artículo 217-6. Cuerpo Técnico de Gestores Tributarios de la Generalidad de Cataluña Artículo 217-7. Acceso al Cuerpo Técnico de Gestores Tributarios de la Generalidad de Cataluña Artículo 217-8. Cuerpo de agentes tributarios de la Generalitat de Catalunya Artículo 217-9. Acceso al cuerpo de agentes tributarios de la Generalitat de Catalunya Artículo 217-10. Cuerpo superior de informática tributaria de la Generalitat de Catalunya Artículo 217-11. Acceso al cuerpo superior de informática tributaria de la Generalitat de Catalunya
CAPÍTULO VIII. Disposiciones comunes para los cuerpos tributarios de la Agencia Tributaria de Cataluña
Artículo 218-1. Organización y funcionamiento de los cuerpos tributarios de la Agencia Tributaria de Cataluña Artículo 218-2. Régimen de incompatibilidades de los miembros de los cuerpos tributarios de la Agencia Tributaria de Cataluña Artículo 218-3. Acceso a los cuerpos tributarios de la Agencia Tributaria de Cataluña
TÍTULO II. La Junta de Tributos de Cataluña
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 221-1. La Junta de Tributos de Cataluña Artículo 221-2. Funciones de la Junta de Tributos de Cataluña
CAPÍTULO II. Composición, organización y funcionamiento de la Junta de Tributos de Cataluña
Artículo 222-1. Composición de la Junta de Tributos de Catalunya Artículo 222-2. Organización de la Junta de Tributos de Cataluña Artículo 222-3. Funcionamiento del Pleno y de las salas de la Junta de Tributos de Catalunya Artículo 222-4. Dictamen pericial Artículo 222-5. Uso de medios electrónicos
CAPÍTULO III. Unificación de criterio
Artículo 223-1. Recurso extraordinario para la unificación de criterio Artículo 223-2. Resolución de fijación de criterio
CAPÍTULO IV. Recurso contencioso-administrativo
Artículo 224-1. Recursos contra las resoluciones de la Junta de Tributos de Cataluña
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Régimen normativo supletorio D.A. 2ª. Actuación tributaria de los departamentos de la Generalidad D.A. 3ª. Obtención de información por la Agencia Tributaria de Cataluña D.A. 4ª. Cesión de datos a la Dirección General de Tributos y Juego D.A. 5ª. Creación del Cuerpo Superior de Técnicos Tributarios de la Generalidad de Cataluña D.A. 6ª. Escala técnica tributaria del Cuerpo Superior de Inspección y Técnica Tributaria de la Generalidad de Cataluña D.A. 7ª. Adaptación de la relación de puestos de trabajo D.A. 8ª. Adecuación de la composición de la Junta de Gobierno de la Agencia Tributaria de Cataluña D.A. 9ª. Estructuras de valoración de inmuebles D.A. 10ª. Plan de carrera profesional
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Cumplimiento de funciones de cuerpos tributarios por parte de miembros de otros cuerpos de la Administración de la Generalidad o de otras administraciones públicas D.T. 2ª. Composición transitoria de la Junta de Tributos de Cataluña
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Procesos selectivos de acceso a los cuerpos de adscripción a la Agencia Tributaria de Cataluña D.F. 2ª. Régimen de acceso a los cuerpos tributarios de la Agencia D.F. 3ª. Desarrollo reglamentario D.F. 4ª. Mantenimiento de los mecanismos de suministro de información a la Agencia Tributaria de Cataluña D.F. 5ª. Régimen transitorio de la normativa aplicable en materia de revisión en vía administrativa de los actos y actuaciones en materia tributaria D.F. 6ª. Régimen aplicable a la resolución de reclamaciones y recursos en materia de tributos cedidos D.F. 7ª. Presidencia de la Junta de Tributos de Cataluña
Libro tercero. El Consejo Fiscal de Cataluña y el Instituto de Investigación Fiscal y Estudios Tributarios de Cataluña.
TÍTULO I. El Consejo Fiscal de Cataluña
CAPÍTULO I. Objeto del título I y naturaleza y funciones del Consejo
Artículo 311-1. Objeto del título I Artículo 311-2. Naturaleza Artículo 311-3. Régimen jurídico Artículo 311-4. Composición Artículo 311-5. Funciones
CAPÍTULO II. Estructura orgánica
Artículo 312-1. Órganos de gobierno y dirección Artículo 312-2. El presidente Artículo 312-3. El Pleno Artículo 312-4. Nombramiento de los vocales Artículo 312-5. Cese de los vocales Artículo 312-6. Régimen retributivo Artículo 312-7. Régimen de incompatibilidades
CAPÍTULO III. Régimen de funcionamiento
Artículo 313-1. Funciones del Pleno Artículo 313-2. Funcionamiento del Pleno Artículo 313-3. El secretario del Consejo Artículo 313-4. Suplencia Artículo 313-5. La Comisión de Protección de los Derechos del Contribuyente Artículo 313-6. La Comisión Técnica Consultiva Artículo 313-7. Comisiones especializadas temporales Artículo 313-8. Asistencia a las sesiones del Pleno y a las comisiones del Consejo Artículo 313-9. Deber de reserva Artículo 313-10. El director Artículo 313-11. El Comité de Dirección
CAPÍTULO IV. Régimen jurídico y económico
Artículo 314-1. Recursos económicos Artículo 314-2. Presupuesto Artículo 314-3. Patrimonio Artículo 314-4. Régimen contable y fiscalización Artículo 314-5. Contratación Artículo 314-6. Personal Artículo 314-7. Actos dictados por los órganos del Consejo Fiscal de Cataluña Artículo 314-8. Memoria anual Artículo 314-9. Acceso a la información
CAPÍTULO V. Relaciones institucionales
Artículo 315-1. Colaboración institucional
TÍTULO II. Instituto de Investigación Fiscal y Estudios Tributarios de Cataluña
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 321-1. Naturaleza Artículo 321-2. Finalidades Artículo 321-3. Funciones
CAPÍTULO II. Organización
Artículo 322-1. Estructura orgánica Artículo 322-2. El Consejo Rector Artículo 322-3. Funciones del Consejo Rector Artículo 322-4. Funcionamiento del Consejo Rector Artículo 322-5. El director Artículo 322-6. El Comité Científico Artículo 322-7. Comisiones y grupos de trabajo
CAPÍTULO III. Régimen de funcionamiento
Artículo 323-1. Recursos económicos Artículo 323-2. Presupuesto Artículo 323-3. Patrimonio Artículo 323-4. Régimen contable y fiscalización Artículo 323-5. Régimen de contratación Artículo 323-6. Personal Artículo 323-7. Régimen de recursos y reclamaciones
CAPÍTULO IV. Colaboración y relaciones institucionales
Artículo 324-1. Colaboración con otras administraciones tributarias y organismos análogos
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Creación del Registro de asesores fiscales de Cataluña D.A. 2ª. Estatuto de régimen interno del Consejo Fiscal de Cataluña
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Inicio de actividades del Consejo Fiscal de Cataluña D.F. 2ª. Inicio de actividades del Instituto de Investigación Fiscal y Estudios Tributarios de Cataluña
Libro cuarto. Política fiscal corporativa.
Artículo 411-1. Concepto Artículo 411-2. Sistema de información fiscal corporativa Artículo 411-3. Responsabilidad y coordinación en el suministro de la información