Articulo 2145 Código tributario de Cataluña
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Artículo 214-5. Régimen contractual

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1. La contratación de la Agencia Tributaria de Cataluña se rige por la normativa vigente en materia de contratos de las administraciones públicas.

2. El órgano de contratación de la Agencia Tributaria de Cataluña es el director.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 04-08-2017