Articulo 217 TR de las di...imen local

Articulo 217 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local

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Art. 217.

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(DEROGADO)

Las contribuciones especiales se fundarán en la mera ejecución de las obras o servicios y serán independientes del hecho de la utilización de unas y otros por los interesados.

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