Articulo 218 se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias
Artículo 218. Instrumentos de gestión
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1. La gestión de este sistema de compensación comporta la formulación de un Proyecto de Actuación, un Proyecto de Urbanización y un Proyecto de Compensación, salvo que los propietarios afectados por la actuación urbanizadora acuerden por unanimidad la aplicación del procedimiento conjunto o pertenezcan a un solo titular, utilizándose entonces como instrumento de gestión el acuerdo de la Administración urbanística actuante aprobatorio de la reparcelación, prescindiéndose de la tramitación del Proyecto de Actuación y del Proyecto de Compensación.
2. En cualquiera de los supuestos a los que se hace referencia en el apartado anterior, para la ejecución de las obras de urbanización se precisará la aprobación de un Proyecto de Urbanización, que podrá ser objeto de tramitación simultánea junto con el resto de los instrumentos de gestión.
