Articulo 218 Código aduan...ón Europea

Articulo 218 Código aduanero de la Unión Europea

Ver Indice
»

Artículo 218. Transferencia de derechos y obligaciones

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los derechos y obligaciones del titular de un régimen respecto de las mercancías incluidas en un régimen especial distinto del régimen de tránsito podrán ser transferidos total o parcialmente a otra persona que reúna las condiciones establecidas para el régimen de que se trate.