Artículo 22 hecho el 11 de Sep de 2009 en Lisboa
- Se ratifica el presente Convenio y se establece su entrada en vigor general el 1 de mayo de 2011. - Instrumento de Ratificacion del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Santiago de Chile el 10 de noviembre de 2007.
- Se establece la efectividad del presente acuerdo, que España venía aplicando provisionalmente desde el 13 de octubre de 2010, desde el 27 de diciembre de 2011. - Entrada en vigor del Acuerdo de Aplicacion del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009.
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»Artículo 22. Notificación de las resoluciones de las instituciones al solicitante
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Las decisiones definitivas adoptadas por cada una de las Instituciones Competentes de que se trate se transmitirán directamente al solicitante de las prestaciones, remitiendo copia de las mismas a la Institución que tramite el procedimiento. Cada una de dichas decisiones deberá especificar las vías y los plazos fijados para interponer recurso en la legislación correspondiente. Los plazos para interponer recurso sólo comenzarán a contar a partir de la fecha en que el solicitante reciba la notificación de la decisión administrativa de cada Institución Competente.
