Articulo 22 Estatuto Gene...Tribunales

Articulo 22 Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales

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Artículo 22. Reincorporación al Colegio.

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Cuando el procurador acredite que han desaparecido las causas de incapacidad o incompatibilidad, podrá instar, de la Junta de Gobierno del Colegio correspondiente, que se le reincorpore a la situación de ejerciente.