Artículo 22 Medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de la Administración de Canarias, y para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar
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»Artículo 22. Concurrencia de procesos selectivos de turno libre y promoción interna.
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1. En las convocatorias conjuntas de procesos selectivos, por turno libre y por promoción interna, se constituirá una única lista de empleo.
2. En las convocatorias independientes, por turno libre y por promoción interna, respecto del mismo cuerpo, escala, especialidad o agrupación profesional, se constituirá una lista de empleo por cada convocatoria, que serán independientes entre sí, rigiéndose los llamamientos que hayan de realizarse por lo que prevean sus bases reguladoras.
