Articulo 22 Proceso de admisión en primer ciclo de educación infantil
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»Artículo 22. Archivo y custodia de la documentación.
Vigente
1. Las comisiones de escolarización en escuelas infantiles de escolarización archivarán y custodiarán toda la documentación correspondiente al proceso de admisión al menos cuatro años, a contar desde la fecha de la resolución de adjudicación de plazas.
2. Esta documentación estará a disposición de la Administración educativa para realizar cuantas comprobaciones e inspecciones se consideren oportunas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-02-2022 en vigor desde 18-02-2022