Articulo 22 Reglamento de...as Locales

Articulo 22 Reglamento de uniformidad, equipo y medios móviles de las Policías Locales

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Artículo 22. Uso del uniforme para asistencia a cursos o jornadas formativas

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Para la asistencia a cursos o jornadas formativas en el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid o en los centros de formación policial de los ayuntamientos, tanto en calidad de profesor como de alumno, los miembros de los Cuerpos de policía local deberán vestir el uniforme reglamentario, salvo que el correspondiente centro de formación disponga lo contrario.