Articulo 22 Saneamiento d...esiduales

Articulo 22 Saneamiento de Aguas Residuales

Ver Indice
»

Artículo 22. Sujetos pasivos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Vendrán obligados al pago del canon de saneamiento, en calidad de contribuyentes, las personas físicas o jurídicas, así como las entidades que, aun careciendo de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado, cuando realicen cualquier consumo de agua sujeto al impuesto.

2. En los casos de consumos de agua obtenida a través de entidades suministradoras, estas estarán obligadas, en calidad de sustitutos del contribuyente, al cumplimiento de las obligaciones materiales y formales que establezca esta Ley, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 43.3 de esta ley.