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Ley 2/1992, de 26 de marzo, del Gobierno Valenciano de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana. - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 08-04-1992

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026

F. entrada en vigor: 09/04/1992

Órgano emisor: COMUNIDAD AUTONOMA VALENCIANA

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 1761

F. Publicación: 08/04/1992


PREÁMBULO
CAPÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Interés comunitario Artículo 3. Competencias de la Generalitat. Artículo 4. Competencias de las Entidades Locales. Artículo 5. Relaciones interadministrativas.
CAPÍTULO II. Planes y obras
Artículo 6. Planes sujetos a la Ley. Artículo 7. Plan Director de Saneamiento y Depuración de la Comunidad Valenciana. Artículo 8. Planes Zonales de Saneamiento y Depuración. Artículo 9. Obras.
CAPÍTULO III. Relación con la Planificación Urbanística y Territorial
Artículo 10. Principio de coherencia. Artículo 11. Conflictos. Artículo 12. Informe previo.
CAPÍTULO IV. Organización
Artículo 13. Órganos competentes. Artículo 14. Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana. Naturaleza. Artículo 15. Régimen jurídico. Artículo 16. Funciones. Artículo 17. Estructura. Artículo 18. Patrimonio y bienes. CAPÍTULO V. Régimen económico-financiero
Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 19. Definiciones. Artículo 20. Canon de saneamiento. Artículo 21. Exenciones. Artículo 22. Sujetos pasivos. Artículo 23. Responsables. Artículo 24. Base imponible. Artículo 25. Cuota íntegra. Artículo 26. Bonificaciones. Artículo 27. Devengo del impuesto. Artículo 28. Exigibilidad del impuesto.
Sección 2.ª Determinación de la cuota del canon
Subsección 1.ª Usos domésticos
Artículo 29. Cuota exigible a los consumos de uso doméstico.
Subsección 2.ª Usos no domésticos
Artículo 30. Modalidades de determinación. D.A. 2ª. Del personal de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana Artículo 32. Estimación objetiva del consumo de agua en ausencia de contador u otro aparato de medida en funcionamiento. Artículo 33. Estimación del consumo en los casos de suministros propios cuando se produzca una avería del contador. Artículo 34. Procedimiento para la determinación del coeficiente corrector. Artículo 35. Declaraciones de inicio y de modificación de producción de aguas residuales. Artículo 36. Procedimiento para la determinación del coeficiente corrector de oficio. Artículo 37. Terminación del procedimiento de determinación del coeficiente corrector. Artículo 38. Declaración de cese de producción de aguas residuales. Artículo 39. Arqueta de registro.
Sección 3.ª Obligaciones materiales y formales
Subsección 1.ª Consumos de agua obtenida a través de entidades suministradoras
Artículo 40. Obligaciones materiales y formales de los sustitutos del contribuyente. Artículo 41. Declaraciones censales. Artículo 42. Obligación de incluir el canon en la factura. Artículo 43. Obligación de presentación e ingreso de una declaración-liquidación por cada período de liquidación. Artículo 44. Obligaciones contables.
Subsección 2.ª Consumos de agua procedentes de suministros propios
Artículo 45. Obligaciones formales de los contribuyentes. Artículo 46. Obligación de instalar y mantener aparatos de medida. Artículo 47. Declaraciones censales de inicio, modificación y baja de suministros propios Artículo 48. Declaración informativa de consumos propios.
Sección 4.ª Aplicación del canon de saneamiento
Artículo 49. Competencias. Artículo 50. Comprobación e investigación del canon de saneamiento. Artículo 51. Convenios de recaudación. Artículo 52. Recursos y reclamaciones.
CAPÍTULO VI. Infracciones y sanciones
Artículo 53. Régimen sancionador. Artículo 54. Infracción tributaria por incumplimiento de la obligación de facturación del canon de saneamiento. Artículo 55. Infracción tributaria por no disponer de arqueta de registro o de contador homologado.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. D.A. 2ª. Del personal de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana. D.A. 3ª. Del plazo de duración de los convenios D.A. 4ª. Usos industriales en sistemas de climatización por geotermia D.A. 5ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. D.T. 2ª. D.T. 3ª. D.T. 4ª. D.T. 5ª.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª. D.F. 3ª. D.F. 4ª. ANEXO I. Coeficiente corrector del canon de saneamiento ANEXO II. Toma de muestras de las aguas residuales