Articulo 221 Creación de la organización común de mercados de los productos agrarios
Articulo 221 Creación de ...s agrarios

Articulo 221 Creación de la organización común de mercados de los productos agrarios

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 221. Medidas para resolver problemas específicos

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. La Comisión adoptará actos de ejecución para establecer las medidas urgentes que sean necesarias y justificables, para resolver problemas específicos. Tales medidas podrán consistir en excepciones a lo dispuesto en el presente Reglamento, si bien solo en la medida y durante el tiempo que sean estrictamente necesarios. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen contemplado en el artículo 229, apartado 2.

2. Para resolver problemas específicos, y por razones imperativas de urgencia debidamente justificadas, relacionadas con situaciones que causarían un rápido deterioro de las condiciones de la producción y del mercado, al que sería difícil hacer frente si la adopción de las medidas sufriera un retraso, la Comisión adoptará los actos de ejecución inmediatamente aplicables, de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 229, apartado 3.

3. La Comisión únicamente adoptará las medidas previstas en los apartados 1 o 2 si no es posible adoptar las medidas de emergencia necesarias de conformidad con los artículos 219 o 220.

4. Las medidas adoptadas con arreglo a los apartados 1 o 2 permanecerán en vigor por un plazo no superior a doce meses. Si transcurrido ese periodo persisten los problemas específicos que han dado lugar a la adopción de dichas medidas, la Comisión, con objeto de establecer una solución permanente, podrá adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 227, relativos a esas cuestiones, o presentar las propuestas legislativas adecuadas.

5. La Comisión informará al Parlamento Europeo y al Consejo de toda medida adoptada con arreglo a los apartados 1 o 2 en un plazo de dos días hábiles a partir de su adopción.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-12-2013 en vigor desde 20-12-2013