Articulo 223 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo
- Norma derogada desde el 23 de noviembre de 2022. - Decreto 63/2022 de 21 de Oct C.A. Asturias (se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias)
Artículo 223. Normas de Calidad Urbanística del Principado de Asturias.
1.La Consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo elaborará unas Normas de Calidad Urbanística cuya finalidad sea.
a) Establecer las instrucciones técnicas de carácter general que orienten respecto de la elaboración, revisión o modificación del Plan General de Ordenación.
b) Señalar las directrices particulares referidas a los intereses supramunicipales a considerar y asegurar en la ordenación urbanística referida a cada uno de los respectivos concejos, descritas en el mismo artículo.
c) Definir normas de diseño urbano cuya finalidad sea la de mejorar la calidad ambiental, espacial y técnica de las ordenaciones urbanísticas de los concejos asturianos, especialmente de los usos residenciales e industriales.
2.Los aspectos relativos a la letra c) del apartado anterior tendrán carácter orientativo, aunque desde el Principado de Asturias se incentivará y estimulará su utilización.

