Articulo 223 Reglamento d... Urbanismo

Articulo 223 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo

Ver Indice
»

Artículo 223. Normas de Calidad Urbanística del Principado de Asturias.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1.La Consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo elaborará unas Normas de Calidad Urbanística cuya finalidad sea.

a) Establecer las instrucciones técnicas de carácter general que orienten respecto de la elaboración, revisión o modificación del Plan General de Ordenación.

b) Señalar las directrices particulares referidas a los intereses supramunicipales a considerar y asegurar en la ordenación urbanística referida a cada uno de los respectivos concejos, descritas en el mismo artículo.

c) Definir normas de diseño urbano cuya finalidad sea la de mejorar la calidad ambiental, espacial y técnica de las ordenaciones urbanísticas de los concejos asturianos, especialmente de los usos residenciales e industriales.

2.Los aspectos relativos a la letra c) del apartado anterior tendrán carácter orientativo, aunque desde el Principado de Asturias se incentivará y estimulará su utilización.