Articulo 223 TR de las di...imen local

Articulo 223 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local

Ver Indice
»

Art. 223.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



(DEROGADO)

1. La obligación de contribuir por contribuciones especiales nace desde el momento en que las obras se han ejecutado o desde que el servicio haya comenzado a prestarse. Si las obras fueran fraccionables, la obligación de contribuir para cada uno de los contribuyentes nacerá desde que se hayan ejecutado las correspondientes a cada tramo o fracción de la obra.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el número anterior, una vez aprobado el expediente de aplicación preceptuado por esta Ley , el Ayuntamiento podrá exigir por anticipado el pago de las contribuciones especiales en función del importe de los gastos previstos para los próximos seis meses. No podrá exigirse el anticipo de un nuevo semestre sin que hayan sido ejecutadas las obras para las cuales se exigió el correspondiente anticipo.

3. Se tendrá en cuenta el momento del nacimiento de la obligación de contribuir a los efectos de determinar la persona obligada al pago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 220 de esta Ley, aún cuando en el expediente de aplicación figure como contribuyente quien lo sea con referencia a la fecha del acuerdo de su aprobación y de que el mismo hubiere anticipado el pago de las cuotas, de conformidad a lo dispuesto en el número 2 de este artículo. Cuando la persona que figure como contribuyente en el expediente hubiere transmitido los derechos sobre los bienes o explotaciones que motivan la imposición en el período comprendido entre la aprobación de dicho expediente y el del nacimiento de la obligación de contribuir, estará obligada a dar cuenta a la Administración municipal, dentro del plazo de un mes, de la transmisión efectuada, y si no lo hiciera, dicha Administración podrá dirigir la acción para el cobro, incluso por vía de apremio administrativo, contra quien figuraba como contribuyente en dicho expediente.

Modificaciones