Artículo 224 Normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión -versión refundida-
Artículo 224. Estrategia de financiación diversificada
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1. La Comisión aplicará una estrategia de financiación diversificada que incluya los empréstitos autorizados con arreglo al artículo 5, apartado 1, de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 y, salvo en casos debidamente justificados, las operaciones de empréstito y de gestión de la deuda para financiar los programas de asistencia financiera. La estrategia de financiación diversificada se aplicará mediante todas las operaciones necesarias destinadas a lograr una presencia regular en el mercado de capitales, se basará en la puesta en común de instrumentos de financiación y hará uso de un fondo de liquidez común.
2. La Comisión establecerá las modalidades necesarias para la aplicación de la estrategia de financiación diversificada. La Comisión informará periódica y exhaustivamente al Parlamento Europeo y al Consejo de todos los aspectos de su estrategia de empréstito y de gestión de la deuda.
