Articulo 2241 Código tributario de Cataluña
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»Artículo 224-1. Recursos contra las resoluciones de la Junta de Tributos de Cataluña
Vigente
Las resoluciones de la Junta de Tributos de Cataluña ponen fin a la vía administrativa. Contra estas resoluciones puede interponerse recurso contencioso-administrativo de acuerdo con lo dispuesto por la normativa reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 04-08-2017