Artículo 227 Normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión -versión refundida-
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»Artículo 227. Aspectos presupuestarios
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Las contribuciones, así como los créditos reservados para organismos o expertos de auditoría externos independientes a que se refiere el artículo 23 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 1141/2014, serán abonados con cargo a la sección del presupuesto relativo al Parlamento Europeo.
