Articulo 228 TR de las di...imen local

Articulo 228 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local

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Art. 228.

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(DEROGADO)

Las cantidades recaudadas por contribuciones especiales sólo podrán destinarse a sufragar los gastos de la obra o del servicio por cuya razón se hubiesen exigido.

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