Articulo 23 Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación
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»Artículo 23.-Control de eficacia y supervisión.
Vigente
1. La Agencia estará sometida al control de eficacia y supervisión, que tiene por finalidad comprobar el grado de cumplimiento de sus objetivos, el seguimiento del plan de acción anual y la adecuada gestión de los recursos públicos asignados.
2. El control de eficacia será ejercido por la Consejería de adscripción y tendrá por objeto evaluar el cumplimiento de los objetivos propios de la actividad específica de la Agencia, de acuerdo con lo establecido en el plan de acción anual.