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Articulo 23 Carrera horizontal y evaluación del desempeño del personal funcionario de carrera

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Artículo 23. Competencia y profesionalidad en el desempeño de tareas.

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1. En este bloque se valorará la competencia con la que los empleados públicos desarrollan las tareas asignadas, así como el desempeño efectivo de las mismas, las iniciativas destinadas a la mejora de la eficacia de la administración pública, y la trayectoria profesional en ésta.

2. La competencia y profesionalidad en el desempeño de las tareas asignadas se concretará para los subgrupos A1 y A2 en las siguientes dimensiones evaluables:

a) Capacidad de toma de decisiones.

b) Capacidad de organización y planificación.

c) Capacidad de resolución de problemas.

d) Conocimientos técnicos.

e) Productividad, entendida como cantidad y calidad del trabajo.

3. La competencia y profesionalidad en el desempeño de las tareas asignadas se concretará para los subgrupos C1 y C2 en las siguientes dimensiones evaluables:

a) Capacidad de aprendizaje.

b) Minuciosidad y responsabilidad.

c) Esfuerzo y perseverancia.

d) Conocimientos técnicos

e) Productividad, entendida como cantidad y calidad del trabajo.

4. Las iniciativas destinadas a la mejora de la eficacia de la administración pública se concretarán para todos los subgrupos en las siguientes dimensiones evaluables:

a) Orientación a objetivos y resultados.

b) Iniciativa

c) Compromiso con la organización.

d) Colaboración con los compañeros.

e) Transmisión de conocimientos

f) Mantenimiento voluntario del ritmo laboral.

g) Mantenimiento voluntario de la calidad de trabajo.

h) Uso adecuado del tiempo y de los recursos laborales.

i) Asistencia al trabajo y uso eficiente del tiempo.

5. Las descripciones referidas a cada una de las dimensiones evaluables relacionadas en los apartados anteriores, sus escalas de valoración y la puntuación máxima anual de este bloque se establecerán en las respectivas Órdenes de convocatoria, las cuales señalarán también los criterios para determinar si la evaluación es positiva o negativa en este bloque.

6. La trayectoria profesional valorará la ocupación efectiva de los distintos puestos de trabajo, durante el período de evaluación, conforme a lo establecido en las Órdenes de convocatoria.

7. Si la evaluación del bloque resultase negativa, el evaluador deberá proponer aquellas medidas que considere necesarias para mejorar la competencia y profesionalidad técnica del evaluado.