Artículo 23 DECRETO 20/2...o, Galicia

Artículo 23. DECRETO 20/2026, de 9 de marzo, Galicia

Ver Indice
»

Artículo 23. Acuerdos específicos para el desarrollo de la formación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los centros educativos que imparten ciclos formativos o cursos de especialización en el régimen general o intensivo suscribirán acuerdos específicos para el desarrollo de la formación que se realizará en los centros de trabajo de las empresas o de los organismos equiparados.

2. La consellería competente en materia de educación establecerá un modelo de acuerdo o convenio de cooperación con la empresa, con las empresas o con los organismos equiparados, de acuerdo con el contenido mínimo establecido en el artículo 156 del Real decreto 659/2023, de 18 de julio.