Articulo 23 Estatutos Promoción de Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).
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»Artículo 23. Contratación.
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El régimen de contratación se llevará a cabo conforme a las normas generales de contratación de las Administraciones Públicas, ostentando el Director Gerente la condición de órgano de contratación, sin perjuicio de las delegaciones que pueda realizar.
