Artículo 23 LEY 3/2026, ...de Euskadi

Artículo 23. LEY 3/2026, de 14 de mayo, País Vasco, Transparencia de Euskadi

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Artículo 23. - Reutilización y apertura de datos.

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1.– Con el fin de mejorar la transparencia, promover la interoperabilidad entre las administraciones y generar valor en la sociedad, las entidades integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma del País Vasco deben promover las acciones necesarias para una efectiva apertura de los datos públicos que obren en su poder de forma reutilizable, con pleno respeto a las restricciones de privacidad, seguridad o propiedad.

2.– De modo general, deberá disponerse de datos desagregados y microdatos, tal y como establece la estrategia europea en la materia, y suministrarse sin someterse a licencia o condición específica alguna, para facilitar su redistribución, reutilización y aprovechamiento, y en un formato digital, estandarizado y abierto, de modo libre y gratuito, siguiendo una estructura clara y explícita que permita su comprensión y reutilización tanto por la ciudadanía como por agentes computacionales. No obstante, reglamentariamente se podrán determinar los supuestos que justifican la sujeción de la reutilización de determinados datos al previo otorgamiento de licencias.

3.– La Administración general de la Comunidad Autónoma del País Vasco dará acceso a los recursos de información pública reutilizable, mediante su puesta a disposición en un punto común de acceso en la plataforma de gobierno abierto, donde se ofrecerá información concreta y actualizada sobre las características de cada conjunto de datos. En particular, se hará público el listado de datos y documentos interoperables que obran en poder de las administraciones públicas, y el código fuente de las aplicaciones informáticas de las que sean propietarias, cuando estas formen parte de un directorio de aplicaciones informáticas de fuentes abiertas.

4.– Asimismo, en el mismo punto de acceso se deberá habilitar un espacio para que la ciudadanía realice propuestas y sugerencias en torno tanto a la información demandada como a la información puesta a su disposición y a los formatos, programas o lenguajes informáticos empleados. En este espacio también se podrá habilitar la participación en el desarrollo de aplicaciones informáticas referentes a la apertura y reutilización de datos.

5.– En el marco del modelo de presencia en Internet del sector público de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se desarrollarán en Internet herramientas de gobierno abierto que puedan compartirse y ser reutilizadas de una forma libre y gratuita.