Articulo 23 Presupuestos 2012 Cantabria

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Artículo 23. Aprobación y remisión al Parlamento de la Liquidación de los Presupuestos.

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Uno. Como consecuencia de la liquidación de los Presupuestos de 2012 se determinará.

a) El estado de liquidación del presupuesto de gastos.

b) El estado de liquidación del presupuesto de ingresos.

c) El resultado presupuestario.

Dos. La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo someterá a la aprobación del Gobierno de Cantabria la liquidación del Presupuesto de 2012 antes del 30 de abril de 2013.

Tres. El estado de liquidación del Presupuesto de 2012 será remitido al Parlamento de Cantabria antes del 15 de mayo de 2013.

Cuatro. La Cuenta General correspondiente al Presupuesto de 2012 será remitida al Parlamento de Cantabria antes del 30 de septiembre de 2013.