Articulo 23 TR de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno
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Articulo 23 TR. de la Ley del Presidente o Presidenta y del Gobierno

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Artículo 23. Información del Gobierno en funciones.

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Tras la celebración de las elecciones autonómicas, la persona candidata a la presidencia propuesta por la presidencia de las Cortes de Aragón, y a través de ésta, podrá solicitar al Gobierno en funciones:

a) El orden del día de las reuniones del Gobierno que se vayan a celebrar, que deberá ser puesto en conocimiento, al menos, con cuarenta y ocho horas de antelación a su celebración.

b) Las actas de las reuniones celebradas, que deberán ser puestas en conocimiento, como máximo, en el plazo de veinticuatro horas desde su celebración.