Artículo 24.DECRETO 6/2026, de 24 de febrero
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»Artículo 24. Efectos de las quejas y sugerencias.
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1. Las quejas y sugerencias formuladas de acuerdo con lo previsto en este decreto no tendrán en ningún caso la consideración de recurso administrativo ni de reclamación en vía administrativa, y su presentación no paralizará ni interrumpirá los plazos establecidos en la normativa aplicable para recurrir.
2. Las quejas o sugerencias no condicionan, en modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercer aquellas personas que se consideren interesadas en el procedimiento.
