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DECRETO 6/2026, de 24 de febrero, por el que se regula la atención a la ciudadanía, la información administrativa y la participación ciudadana en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

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Ambito: Extremadura

Estado: VIGENTE. Validez desde 03 de Marzo de 2026

F. entrada en vigor: 03/03/2026

Órgano emisor: Consejería de Hacienda y Administración Pública

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 41

F. Publicación: 02/03/2026

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preámbulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidades. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Principios. Artículo 4. Derechos de la ciudadanía en sus relaciones con la Administración autonómica.
CAPÍTULO II. Servicio público de información administrativa y atencióna la ciudadanía de la Junta de Extremadura
Artículo 5. Servicio público de información y atención. Artículo 6. Base de conocimiento. Artículo 7. Modalidades de atención. Artículo 8. Actividad y evaluación de la calidad del servicio público de información y atención a la ciudadanía.
SECCIÓN 1.ª CANAL DE ATENCIÓN PRESENCIAL
Artículo 9. Prestación de la atención presencial. Artículo 10. Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía y Puntos de Registro. Artículo 11. Personal funcionario habilitado. Artículo 12. Registro de personal funcionario habilitado. Artículo 13. Tipo de habilitaciones.
SECCIÓN 2.ª CANALES DE ATENCIÓN VIRTUAL
Artículo 14. Prestación de la atención virtual. Artículo 15. Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura.
CAPÍTULO III. Participación ciudadana
Artículo 16. Definición. Artículo 17. Titulares del derecho a la participación.
SECCIÓN 1.ª QUEJAS Y SUGERENCIAS
Artículo 18. Quejas y sugerencias. Artículo 19. Requisitos de presentación. Artículo 20. Canales de presentación. Artículo 21. Tramitación de quejas. Artículo 22. Tramitación de sugerencias. Artículo 23. Inadmisión de quejas y sugerencias. Artículo 24. Efectos de las quejas y sugerencias. Artículo 25. Seguimiento de las quejas y sugerencias.
SECCIÓN 2.ª PARTICIPACIÓN EN LA DEFINICIÓN DE LOS PROGRAMAS Y POLÍTICAS PÚBLICAS
Artículo 26. Objeto del proceso de participación en la definición de los programas y políticas públicas. Artículo 27. Inicio del proceso de participación en la definición de los programas y políticas públicas. Artículo 28. Terminación del proceso de participación en la definición de los programas y políticas públicas.
SECCIÓN 3.ª PARTICIPACIÓN EN LA ELABORACIÓN DE DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL
Artículo 29. Trámites integrantes del proceso de participación en la elaboración de disposiciones de carácter general. Artículo 30. Proceso de participación en la elaboración de disposiciones de carácter general.
SECCIÓN 4.ª INICIATIVA REGLAMENTARIA
Artículo 31. Derecho a proponer iniciativas reglamentarias. Artículo 32. Tramitación de la iniciativa reglamentaria.
SECCIÓN 5.ª PARTICIPACIÓN EN LA EVALUACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Artículo 33. Participación ciudadana en la evaluación de políticas públicas y calidad de los servicios. Artículo 34. Proceso de evaluación. Artículo 35. Instrumentos de evaluación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Procedimientos iniciados.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 2ª. Entrada en vigor. ANEXO I. MODELO NORMALIZADO PARA LA PRESENTACIÓN DE QUEJAS O SUGERENCIAS. ANEXO II. RELACIÓN ACTUALIZADA DE LA OFICINA DE ASISTENCIA VIRTUAL Y DE LAS OFICINAS DE ASISTENCIA A LA CIUDADANÍA EXISTENTES EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA