Articulo 24 Desarrollo de la Ley 1/2019 -recuperación de la memoria democrática-
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»Artículo 24. Estructura.
Vigente
Para cumplir con las competencias descritas en el artículo anterior, el Instituto de la Memoria Democrática del Principado de Asturias contará, al menos, con la siguiente estructura:
a) Dirección, cuyo titular tendrá rango asimilado a una jefatura de servicio.
b) Un área encargada de la documentación que será responsable de la gestión de la información, contenidos web y gestión de redes sociales, dotada al menos, con un Titulado Grado Medio - Técnico/a en Documentación.
c) Una sección encargada de la gestión administrativa, dotada al menos, con un gestor responsable de la gestión administrativa.

