Articulo 24 Fomento a la ... ciudadana

Articulo 24 Fomento a la participación ciudadana

Ver Indice
»

Artículo 24. Otros órganos de participación ciudadana.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Además de las formas de participación previstas en esta ley, los poderes públicos canarios podrán crear otros órganos o consejos de participación ciudadana, de ámbito general o sectorial.

2. Estos órganos de participación desempeñarán, en la forma que reglamentariamente se determine, funciones de información y asesoramiento de los organismos e instituciones de los diferentes poderes públicos y de la propia ciudadanía. En ningún caso tendrán competencias decisorias.