Legislación
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Ley 5/2010, de 21 de junio, canaria de fomento a la participación ciudadana. - Boletín Oficial de Canarias de 30-06-2010

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024

F. entrada en vigor: 20/07/2010

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 127

F. Publicación: 30/06/2010


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la ley. Artículo 2. Ámbito de aplicación de la ley. Artículo 3. Finalidad de la ley.
TÍTULO II. De los deberes de los poderes públicos canarios y de los derechos para la participación ciudadana
CAPÍTULO I. De los deberes de los poderes públicos canarios
Artículo 4. Disposición general.
CAPÍTULO II. De los derechos para la participación ciudadana
Artículo 5. Información para la participación ciudadana. Artículo 6. Medios de información para la participación ciudadana. Artículo 7. Protección de datos de carácter personal. Artículo 8. Audiencia ciudadana. Artículo 9. Derecho de acceso a archivos y registros. Artículo 10. Derecho de propuestas o actuaciones de interés público. Artículo 11. Derecho a recabar la colaboración en la realización de actividades ciudadanas. Artículo 12. Derecho a la propuesta de iniciativa reglamentaria.
TÍTULO III. De las entidades ciudadanas
Artículo 13. Régimen jurídico. Artículo 14. Derechos de las entidades ciudadanas. Artículo 15. Registro de Participación Ciudadana. Artículo 16. Red de Participación Ciudadana.
TÍTULO IV. De los instrumentos de participación ciudadana
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 17. Instrumentos de participación ciudadana. Artículo 18. Proceso participativo. Artículo 19. Campañas informativas y formativas.
CAPÍTULO II. De los instrumentos de participación ciudadana
Artículo 20. De las consultas a la ciudadanía. Artículo 21. Foros de consulta. Artículo 22. Paneles ciudadanos. Artículo 23. Jurados ciudadanos. Artículo 24. Otros órganos de participación ciudadana.
TÍTULO V. Medidas de fomento de la participación ciudadana
Artículo 25. Fomento del asociacionismo. Artículo 26. Subvenciones y ayudas públicas. Artículo 27. Programas de formación para la participación ciudadana. Artículo 28. Medidas de sensibilización y formación para el personal al servicio de las administraciones públicas de Canarias.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Aplicación de la presente ley a las Entidades Canarias en el Exterior. D.A. 2ª. Coordinación de los instrumentos de participación ciudadana. D.A. 3ª. De los órganos de participación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.A. 4ª. D.A. 5ª. D.A. 6ª. D.A. 7.ª Colaboración con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Derecho a recibir información individualizada.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 2ª. Entrada en vigor.