Articulo 24 Gestión documental, organización y funcionamiento de los archivos de la Generalitat
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»Artículo 24. Previsión de espacio para archivo
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1. La construcción o reforma de un edificio como sede de departamento, servicio periférico, centro sanitario, centro docente o entidad pública de titularidad de la Generalitat, deberá prever el espacio necesario y adecuado para la instalación del archivo correspondiente.
2. Sobre los proyectos de obra de dichos centros ha de informar favorablemente el órgano directivo del Sistema Archivístico Valenciano. En ningún caso se iniciarán las obras sin su informe favorable.
