Articulo 24 Mecenazgo Cultural
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 24. Vigencia del crédito fiscal.
Vigente
Los créditos fiscales reconocidos por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, tendrán una vigencia de tres años contados a partir de la fecha de reconocimiento de los mismos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-12-2019 en vigor desde 15-01-2020