Articulo 24 Mecenazgo Cultural
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Artículo 24. Vigencia del crédito fiscal.

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Los créditos fiscales reconocidos por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, tendrán una vigencia de tres años contados a partir de la fecha de reconocimiento de los mismos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-12-2019 en vigor desde 15-01-2020