Legislación
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Ley 9/2019, de 13 de diciembre, de Mecenazgo Cultural de Castilla-La Mancha. [2019/11442] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 26-12-2019

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Castilla-La Mancha

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Febrero de 2023

F. entrada en vigor: 15/01/2020

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA JUNTA

Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 253

F. Publicación: 26/12/2019


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Personas y entidades beneficiarias del mecenazgo. Artículo 4. Principios de actuación para el impulso de la actividad cultural. Artículo 5. Definiciones.
TÍTULO II. De la promoción y el desarrollo del Mecenazgo Cultural
Artículo 6. Sectores culturales y creativos objeto de promoción. Artículo 7. Plan de Mecenazgo Cultural de Castilla-La Mancha. Artículo 8. Oficina del Mecenazgo Cultural. Artículo 9. Reconocimientos a la colaboración privada en la cultura. Artículo 10. Consejo Regional de Mecenazgo Cultural. Artículo 11. Transparencia y control de las acciones de Mecenazgo.
TÍTULO III. De las modalidades de Mecenazgo Cultural
Artículo 12. Modalidades de Mecenazgo Cultural.
CAPÍTULO I. Donaciones incentivadas fiscalmente
Artículo 13. Requisitos de las donaciones. Artículo 14. Justificación de las donaciones.
CAPÍTULO II. Cesiones de uso o contratos de comodato incentivados fiscalmente
Artículo 15. Requisitos de las cesiones de uso o contratos de comodato deducibles. Artículo 16. Justificación de las cesiones de uso o contratos de comodato.
CAPÍTULO III. Convenios de colaboración empresarial incentivados fiscalmente
Artículo 17. Requisitos de los convenios de colaboración empresarial. Artículo 18. Justificación de las ayudas recibidas en virtud a los convenios de colaboración.
TÍTULO IV. Medidas tributarias
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 19. Compatibilidad y requisitos para la aplicación de los beneficios fiscales. Artículo 20. Base de las deducciones y de las reducciones de la base imponible.
CAPÍTULO II. Créditos fiscales
Artículo 21. Crédito fiscal. Artículo 22. Importe de los créditos fiscales. Artículo 23. Utilización del crédito fiscal. Artículo 24. Vigencia del crédito fiscal.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Aplicación informática para la gestión del Mecenazgo Cultural. D.A. 2ª. Campaña de mecenazgo.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 8/2013, de 21 de noviembre de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha. D.F. 2ª. Habilitación de desarrollo normativo. D.F. 3ª. Entrada en vigor.