Articulo 24 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2001 de la Generalitat
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»Artículo 24.
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Se modifica la disposición adicional de la Ley 2/1992, de 26 de marzo, de Saneamiento de las Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana, que quedará redactado como sigue:
Disposición adicional.
La Entidad Pública de Saneamiento de las Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana podrá establecer acuerdos con los distintos Organismos de Cuenca para adecuar la aplicación del canon de regulación de vertidos a que se refiere la legislación sobre aguas, en aquellos ámbitos que pudieran verse afectados por el régimen económico-financiero previsto en esta ley.
