Articulo 24 Reglamento de...s sociales

Articulo 24 Reglamento del concierto social en el ámbito de los servicios sociales

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Artículo 24. Inspección, control y evaluación.

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1. Sin perjuicio de la potestad inspectora a que se refiere la Sección 4ª del Capítulo II del Título VI de la Ley de Servicios Sociales de Canarias, los servicios objeto de un concierto social para la prestación de servicios sociales quedan sujetos al control de carácter financiero y a las funciones inspectoras y sancionadoras de las Administraciones competentes en la materia, de la Audiencia de Cuentas de Canarias y del Tribunal de Cuentas, así como al régimen de penalidades que se establezca para cada concierto social en las bases del concierto. La Administración concertante, en su función inspectora, comprobará igualmente la adecuación de la actuación hacia las personas usuarias valorando el cumplimiento de los objetivos y los resultados de forma periódica.

La Administración competente puede requerir de oficio a la persona o entidad proveedora del servicio una auditoría técnica o económica para garantizar la calidad y la sostenibilidad del servicio concertado, así como los derechos de las personas usuarias atendidas.

2. Por la Administración concertante, se realizará al menos una evaluación final y, en el caso de que el acuerdo suscrito tenga una duración superior a tres años, se realizará además una evaluación intermedia, sin perjuicio de que se puedan realizar cuantas evaluaciones estime necesarias durante la vigencia del concierto.

3. Las evaluaciones servirán de base para determinar si se mantiene o no la prestación de los servicios en régimen de concierto social y para determinar si procede la renovación o prórroga de los acuerdos. Durante el periodo de renovación, las evaluaciones se realizarán con la misma periodicidad que durante el acuerdo inicial.

4. La evaluación tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las condiciones establecidas para cada acuerdo, los objetivos de calidad establecidos y el grado de consecución de los mismos y contará también con la participación de las personas usuarias del servicio.