Articulo 24 Reglamento de... Viviendas

Articulo 24 Reglamento de Rehabilitación de Edificios y Viviendas

Ver Indice
»

Artículo 24. Calificación de las actuaciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La calificación de rehabilitación es requisito necesario para que los promotores de las actuaciones de rehabilitación obtengan los beneficios regulados por los Planes de Vivienda, y cualesquiera otros que tengan por objeto la financiación de las actuaciones de rehabilitación, siempre que se atienda a las condiciones reguladas en este Reglamento y las contempladas en la normativa de desarrollo.