Articulo 243 se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias
Artículo 243. Características del sistema de expropiación
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1. En virtud de lo establecido en el artículo 184 del TROTU, cuando la ejecución de los planes se realice por el sistema de expropiación, la delimitación de los polígonos o unidades de actuación deberá ir acompañada de una relación de propietarios y de una descripción de los bienes o derechos afectados, redactadas con arreglo a lo dispuesto en la legislación expropiatoria.
2. En la relación de bienes o derechos afectados, los bienes de dominio público se identificarán, relacionarán y describirán de forma separada e independiente.
3. La delimitación del ámbito expropiatorio se realizará bien mediante la definición previa en el planeamiento que establezca la ordenación detallada del mismo, o bien conforme al procedimiento para la delimitación de polígonos y unidades de actuación.
