Articulo 248 Código aduan...ón Europea

Articulo 248 Código aduanero de la Unión Europea

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Artículo 248. Salida de las mercancías de una zona franca

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1. Sin perjuicio de la legislación vigente en otros ámbitos distintos del aduanero, las mercancías que se encuentren en una zona franca podrán ser exportadas o reexportadas fuera del territorio aduanero de la Unión, o introducidas en otra parte de dicho territorio.

2. Los artículos 134 a 149 se aplicarán a las mercancías que salgan de una zona franca y se introduzcan en otras partes del territorio aduanero de la Unión.