Articulo 25 Creación de la organización común de mercados de los productos agrarios
Artículo 25. Competencias de ejecución de conformidad con el procedimiento de examen
La Comisión podrá por medio de actos de ejecución adoptar las disposiciones necesarias para la aplicación de la presente sección, incluidas las relativas a:
a) la información que deban contener las estrategias de los Estados miembros;
b) las solicitudes y los pagos de ayuda, incluida la simplificación de los procedimientos resultantes del marco común de los programas escolares;
c) los métodos para dar publicidad al programa escolar y las medidas para la constitución de redes con relación a este;
d) la presentación, formato y contenido de las solicitudes de ayuda anuales, los informes de seguimiento y evaluación de los Estados miembros que participen en el programa escolar;
e) la aplicación del artículo 23 bis, apartado 4, en particular sobre los plazos de ejecución de las transferencias y sobre la presentación, la forma y el contenido de las notificaciones de transferencia.
Estos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 229, apartado 2.
- Artículo modificado por Reglamento (UE) 2016/791 Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1308/2013 y (UE) n.º 1306/2013 en lo que atañe al régimen de ayudas para la distribución en los centros escolares de frutas y hortalizas, plátanos y leche
(DC de 24-05-2016) en vigor desde 13-06-2016