Artículo 25 Decreto 1/20...Cinegética

Artículo 25. Decreto 1/2026, de 27 de enero, La Rioja, Reglamento de Caza y Gestión Cinegética

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Artículo 25. Junta Consultiva de las Reservas Regionales de Caza.

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1. En cada Reserva Regional de Caza existirá una Junta Consultiva, como órgano asesor de la Dirección General competente en materia de caza.

2. Es función de la Junta Consultiva informar sobre las siguientes materias:

a) El Plan Técnico de Caza de la Reserva, los Planes Anuales de caza y los proyectos de mejoras cinegéticas en la Reserva.

b) Distribución de los fondos que la Consejería Competente en materia de caza destina a las actuaciones en la Reserva.

c) Integración voluntaria en la Reserva de terrenos colindantes.

d) Distribución de los ingresos recaudados en concepto de cuotas complementarias o por cualquier otro tipo de aprovechamiento cinegético.

e) Memoria anual de actividades y resultados cinegéticos presentada por la Dirección Técnica.

f) Cuantos asuntos de carácter cinegético o administrativo que afecten al funcionamiento de la Reserva le sean planteados por la Dirección Técnica o cualquier otro órgano de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

3. Los Informes de la Junta Consultiva no tendrán carácter vinculante.