Articulo 25 Modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros ...os de larga duración
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Articulo 25 Modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración

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Artículo 25. Órganos de dirección y asesoramiento.

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1. Las residencias, el conjunto de viviendas titularidad de una entidad y los centros de día para cuidados de larga duración contarán con un órgano de dirección y unos órganos de asesoramiento a la dirección del centro, que tendrán una estructura acorde con la complejidad y la amplitud de los servicios desplegados.

2. Los órganos de asesoramiento a la dirección del centro serán los siguientes:

a) El consejo técnico.

b) El consejo de centro.