Articulo 25 Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio
Artículo 25. Criterios para la delimitación de las áreas comerciales estratégicas
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1. La delimitación de cada área debe atender a la división del territorio establecida en sus instrumentos urbanísticos, divisiones administrativas, planes y estrategias promovidas por las administraciones públicas o condiciones de concentración y continuidad de la trama urbana desarrollada o del tejido comercial preexistente.
2. La delimitación inicial de las áreas comerciales estrategias se debe realizar a través de alguno de los siguientes instrumentos:
a) A través de la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana, mediante su definición de ámbitos estratégicos para las actividades económicas en el territorio.
b) A través del Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunitat Valenciana y sus desarrollos y revisiones posteriore
c) A través de los planes de acción territorial de carácter integrado.
d) A través de las directrices de ordenación comercial.
e) A través de los instrumentos urbanísticos.
f) A través de planes y estrategias promovidos por las administraciones públicas que tengan como finalidad la ordenación de las actividades económicas y/o la puesta en marcha de actuaciones de regeneración y renovación urbana.
3. Las áreas comerciales estratégicas pueden comprender parte de dos o más municipios, cuando presenten una localización territorial limítrofe.
