Articulo 25 Sistema común del IVA
Articulo 25 Sistema común del IVA

Articulo 25 Sistema común del IVA

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 25

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Una prestación de servicios puede consistir, entre otras, en una de las operaciones siguientes:

a) la cesión de un bien incorporal, representado o no por un título;

b) la obligación de no hacer o de tolerar actos o situaciones determinadas;

c) la realización de un servicio en virtud de requerimiento coactivo de la autoridad pública o en su nombre o en los términos previstos por la Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-12-2006 en vigor desde 01-01-2007