Articulo 25 Sistema común del IVA
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»Artículo 25
Vigente
Una prestación de servicios puede consistir, entre otras, en una de las operaciones siguientes:
a) la cesión de un bien incorporal, representado o no por un título;
b) la obligación de no hacer o de tolerar actos o situaciones determinadas;
c) la realización de un servicio en virtud de requerimiento coactivo de la autoridad pública o en su nombre o en los términos previstos por la Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-12-2006 en vigor desde 01-01-2007