Articulo 252 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local
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»Art. 252. Naturaleza y ámbito de aplicación
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(DEROGADO)
1. La Contribución Territorial Urbana es un tributo local de carácter real, que recae sobre el importe de las rentas que anualmente producen o son susceptibles de producir los bienes calificados tributariamente de naturaleza urbana.
2. Dicha Contribución se exigirá con arreglo a las normas contenidas en esta Ley y en las disposiciones que la reglamenten.
3. No obstante, quedan sometidos a los respectivos regímenes tributarios especiales las rentas que anualmente produzcan o sean susceptibles de producir los bienes sitos en el País Vasco y Navarra.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
(BOE de 30-12-1988) en vigor desde 31-12-1988
